El Código de Buenas Prácticas de la Industria Farmacéutica estableció, en su versión de 2016, la obligación de las compañías miembros de Farmaindustria de transparentar todos los costes asumidos para la asistencia de profesionales sanitarios a eventos científicos de forma individual.
De esta forma, a raíz de esta obligación de transparencia, fueron conocidas las transferencias de valor efectuadas por las compañías farmacéuticas en concepto de inscripción, alojamientos y desplazamiento de profesionales sanitarios para asistir a congresos científicos y la Agencia Tributaria empezó a madurar la posibilidad de fiscalizar estas transferencias de valor.